Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 31 de Mayo de 2014 (Tesis num. XV.5o.21 A (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 09-05-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2006403
Número de resoluciónXV.5o.21 A (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2014
Fecha31 Mayo 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Mayo de 2014; Tomo III; Pág. 1938. XV.5o.21 A (10a.).
MateriaAdministrativa

Al constituir el citatorio una formalidad previa y necesaria para la práctica de la notificación, conforme al referido artículo 137, debe existir la certeza de que se efectúo en el lugar señalado para tal efecto; del dato de la persona con quien se entiende, así como del señalamiento para la espera a una hora fija del día hábil siguiente, o bien, para que el interesado acuda a notificarse dentro del plazo de seis días a las oficinas respectivas. Por tanto, si de los autos del juicio contencioso administrativo no se advierte su existencia y el actor fundó su demanda en la ilegal notificación de la resolución impugnada, con apoyo en el artículo 16, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, no basta que del acta relativa se advierta que precedió citatorio, en tanto que un...

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