Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 30 de Abril de 2012 (Tesis num. IV.3o.C.2 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, 01-04-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2000543
Número de resoluciónIV.3o.C.2 C (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2012
Fecha30 Abril 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VII, Abril de 2012; Tomo 2; Pág. 1714. IV.3o.C.2 C (10a.).
MateriaCivil

Entre las causas de terminación del concurso mercantil se encuentra la de aprobación del convenio, el cual obligará al comerciante y acreedores e implicará la cesación de las funciones de los órganos del concurso, en términos del artículo 166 de la Ley de Concursos Mercantiles. En adición a lo anterior, en el diverso artículo 266 se prevé que: "La sentencia de terminación del concurso mercantil será apelable por el comerciante, cualquier acreedor reconocido, y el Ministerio Público así como por el visitador, el conciliador o el síndico en los mismos términos que la sentencia de concurso mercantil.". De lo que se sigue que para el caso de que la sentencia de aprobación del convenio sea recurrida, ésta no adquirirá firmeza ni causará ejecutoria hasta en tanto se resuelva el mencionado recurso, pues éste no sólo puede dar lugar a que se confirme o modifique dicha aprobación, sino también a que se revoque y de esa manera se decretaría la quiebra del comerciante, en términos del artículo 167 de la citada ley, con la consecuente enajenación de la masa y el pago a los acreedores. Entonces, si mediante la acción separatoria, el actor no busca sólo el que le...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR