Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, 31 de Julio de 2012 (Tesis num. VIII.1o.(X Región) 3 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Décima Región, 01-07-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001115
Número de resoluciónVIII.1o.(X Regi
Fecha de publicación31 Julio 2012
Fecha31 Julio 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 3; Pág. 1867. VIII.1o.(X Región) 3 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 4o. constitucional establece que "Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa."; por su parte el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en la Observación General 4, que a su vez atiende a lo establecido respecto de ese derecho fundamental en el diverso numeral 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas; el cual es obligatorio para México al haberse adherido a ese tratado el veintitrés de marzo de mil novecientos ochenta y uno, tal como se desprende del decreto promulgatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación el doce de mayo de mil novecientos ochenta y uno; señala que ese derecho también salvaguarda la seguridad jurídica de sus integrantes, lo que se logra al respetar las normas sustantivas locales que tutelan la vivienda familiar ante su posible desocupación o desahucio. En ese tenor, el artículo 290 del Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza que establece la inembargabilidad del hogar conyugal, siempre y cuando se acrediten los siguientes extremos: a) La existencia de matrimonio civil celebrado respecto de quien reclama el derecho; b) Que los cónyuges tengan su hogar en ese inmueble; c) Que su valor no exceda...

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