Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. XII.3o.(V Región) 5 L (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXII.3o.(V Regi
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Número de registro2001427
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1930. XII.3o.(V Región) 5 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Las prestaciones que no derivan de la ley laboral sino del contrato de trabajo, individual o colectivo, son exigibles en los términos pactados por las partes; empero, el régimen de jubilaciones y pensiones que forma parte del Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social, es el que señala las condiciones para que los trabajadores obtengan la pensión, y será conforme al contenido de dicho instrumento que se determinarán las prestaciones aplicables para establecer la cuantía de esa pensión. En ese sentido, del análisis de los artículos 1, 4 y 5 del citado régimen, no se advierte que el concepto de "prima vacacional" forme parte del salario base para determinar la cuantía de...

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