Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Octavo Circuito, 31 de Agosto de 2012 (Tesis num. VIII.A.C.3 K (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Octavo Circuito, 01-08-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.A.C.3 K (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2012
Fecha31 Agosto 2012
Número de registro2001428
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1931. VIII.A.C.3 K (10a.).
MateriaConstitucional

El nuevo paradigma, previsto en el artículo 1o., segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la propia Constitución y con los tratados internacionales de los que México es parte, de la forma que favorezca más ampliamente a las personas, no llega al extremo de inaplicar una figura procedimental prevista en los ordenamientos adjetivos correspondientes (a menos que sea lesiva al equilibrio y protección de las partes), como la de la caducidad de la instancia, pues ésta no coarta principios fundamentales como el de acceso a la justicia, sino impone plazos razonables para su prosecución que, sin duda alguna, es de gran importancia dentro del orden procesal, tendente a alcanzar la seguridad jurídica, ya que su finalidad es evitar que acciones judiciales puedan prolongarse indefinidamente en el tiempo, lo cual, obviamente, incidiría de forma negativa en el interés público. En otras palabras, el principio pro homine...

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