Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 30 de Septiembre de 2012 (Tesis num. XVIII.1o.1 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-09-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.1o.1 P (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2012
Fecha30 Septiembre 2012
Número de registro2001596
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1535. XVIII.1o.1 P (10a.).
MateriaPenal,Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

La intención del legislador al realizar las reformas a la Ley General de Salud, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el veinte de agosto de dos mil nueve, entre otras cuestiones, partió de la base de que tanto las autoridades judiciales de las entidades federativas, como las federales, conozcan y resuelvan de los asuntos derivados del narcomenudeo, estableciendo diversos supuestos de competencia relacionados con la cantidad del narcótico, si se trata de delincuencia organizada o si aquél está contemplado en la tabla correspondiente. En tal sentido, el artículo 474, fracción IV, inciso a), de la citada ley, es claro en su redacción al señalar que las autoridades federales conocerán de los delitos en los casos en que prevenga en el conocimiento del asunto el Ministerio Público de la Federación -con independencia de la cantidad de narcótico-; por lo que si éste fue quien previno en el conocimiento del asunto y consignó la averiguación previa ante el Juez de Distrito, la competencia se surte a su favor para conocer de los delitos contra la salud en la modalidad de narcomenudeo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO OCTAVO CIRCUITO.

Competencia 5/2012. Suscitada entre el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de M. y el Juzgado de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Segundo Distrito Judicial, con residencia en Jojutla, M.. 10 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: F.P.A.. Secretaria: E.N.T.S..


Competencia 7/2012. Suscitada entre el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de M. y el Juzgado de Control, Juicio Oral y Ejecución de Sanciones del Tercer Distrito Judicial, con residencia en Yautepec, M.. 24 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: M.E.O.G.. Secretario: R.R.E..


Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destacan...

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