Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito, 30 de Septiembre de 2012 (Tesis num. VIII.2o.P.A.3 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Octavo Circuito, 01-09-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.P.A.3 P (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2012
Fecha30 Septiembre 2012
Número de registro2001634
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1727. VIII.2o.P.A.3 P (10a.).
MateriaConstitucional

De los artículos 12 de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas y I a III y VII de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, se advierte la obligación de los Estados y el correlativo derecho de la víctima a la denuncia e investigación efectiva, exhaustiva e imparcial sobre los hechos relacionados con la desaparición forzada, así como el que este delito es considerado como continuado o permanente mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima, y que la acción penal correspondiente y la pena que se imponga judicialmente al responsable no estarán sujetas a prescripción. Consecuentemente, ante la posible comisión del mencionado delito, ninguna autoridad puede establecer que transcurrió un determinado plazo para lograr la comparecencia del agraviado ni...

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