Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 30 de Noviembre de 2012 (Tesis num. II.4o.A.11 A (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-11-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.4o.A.11 A (10a.)
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
Fecha30 Noviembre 2012
Número de registro2002160
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIV, Noviembre de 2012; Tomo 3; Pág. 1911. II.4o.A.11 A (10a.).
MateriaConstitucional,Derecho Fiscal,Derecho Constitucional

En las referidas reglas, anexos, incisos y puntos, el Servicio de Administración Tributaria reguló diversas cuestiones relacionadas con las máquinas de juego que utilicen los contribuyentes que habitualmente y en establecimientos fijos realicen juegos con apuestas y sorteos. Por otra parte, en el artículo 20 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ni en la exposición de motivos que le dio origen se aludió expresamente a la facultad que le asiste a aquella autoridad para normar lo relativo a las máquinas de juego; sin embargo, el hecho de que se haya emitido la indicada regulación no viola el principio de reserva de ley. Lo anterior encuentra justificación en la circunstancia de que en la señalada exposición de motivos se estableció que el mencionado órgano debería emitir reglas administrativas de carácter técnico-operativo que dieran agilidad, prontitud, firmeza y precisión a los actos de aplicación de la ley, por lo que si las máquinas de juego son las que, en primer término, registran las operaciones realizadas por los jugadores, las transacciones efectuadas y las cantidades de dinero percibidas, ello implica la necesidad de que aquéllas y los sistemas de cómputo se encuentren interconectados, ya que estimar que debieran contar con un...

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