Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 31 de Diciembre de 2012 (Tesis num. XVIII.3o.4 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-12-2012 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.3o.4 A (10a.)
Fecha de publicación31 Diciembre 2012
Fecha31 Diciembre 2012
Número de registro2002242
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012; Tomo 2; Pág. 1288. XVIII.3o.4 A (10a.).
MateriaLaboral

Los pensionados por invalidez, ante la ausencia de esposa, concubina, hijos o ascendientes que dependan económicamente de ellos, tienen derecho a la ayuda asistencial prevista en la fracción IV del artículo 138 de la Ley del Seguro Social, en el porcentaje ahí establecido, sin que sea menester otro requisito. Por tanto, para su otorgamiento es innecesario un dictamen médico, el cual se requiere cuando el precario estado de salud del pensionado le impide valerse por sí mismo, y por ello requiera ineludiblemente que lo asista otra persona, en cuyo caso, su pensión podría incrementarse...

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