Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 28 de Febrero de 2013 (Tesis num. II.4o.A.15 A (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 01-02-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2002933
Número de resoluciónII.4o.A.15 A (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2013
Fecha28 Febrero 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1527. II.4o.A.15 A (10a.).
MateriaAdministrativa

Si en una resolución mediante la cual la autoridad comunica al contribuyente la imposibilidad de devolver la mercancía embargada en el procedimiento administrativo en materia aduanera, le indica la posibilidad de obtener su pago en términos del artículo 157 de la Ley Aduanera, esa resolución constituye un acto que le es favorable y no puede dejar de ser considerado por la autoridad al no haber sido modificado, revocado o nulificado mediante los procedimientos aplicables, por lo que debe atenderse a ese precepto para determinar el pago.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Revisión fiscal 34/2012...

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