Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. XII.3o.(V Región) 9 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 01-05-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2003550
Número de resoluciónXII.3o.(V Regi
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Fecha31 Mayo 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1772. XII.3o.(V Región) 9 C (10a.).
MateriaCivil,Derecho Civil

En términos del artículo 218 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, el deudor podrá realizar la consignación de las rentas que crea deber por conducto de notario público; sin embargo, esa facultad se encuentra limitada a las diligencias de jurisdicción voluntaria (antes de la instauración del juicio), por contemplarse en el título quinto intitulado "Actos prejudiciales", específicamente en el capítulo tercero denominado "Preliminares de la consignación" del citado código, por lo que es evidente, como su nombre lo indica, que se trata de un acto preparatorio del juicio o prejudicial. Sin que represente una excepción a esa regla el hecho de que se señalen dudosos los derechos del actor, pues el Juez de la causa está obligado a examinar la legitimación activa de éste y, de considerar que no la acreditó, será improcedente su entrega.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

Amparo en revisión 413/2012...

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