Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Julio de 2013 (Tesis num. XVI.1o.A.T.19 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-07-2013 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XVI.1o.A.T.19 A (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Julio 2013 |
Fecha | 31 Julio 2013 |
Número de registro | 2003969 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 2; Pág. 1385. XVI.1o.A.T.19 A (10a.). |
Materia | Administrativa |
En términos de los artículos 268 y 275 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, en el proceso administrativo el actor puede solicitar la suspensión del acto o resolución impugnada en su demanda o en cualquier momento de aquél, para mantener las cosas en el estado en que se encuentran, en tanto se pronuncia sentencia. En el primer supuesto, el órgano jurisdiccional tiene la obligación, de ser procedente, de concederla en el acuerdo que provea sobre la admisión del escrito inicial y hacerlo saber inmediatamente a la autoridad demandada para su cumplimiento, sin demora, para lo cual podrá utilizar telegrama, telefax, medios electrónicos o cualquier otro proporcionado por la tecnología...
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