Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 31 de Agosto de 2013 (Tesis num. I.5o.C.61 C (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2004337
Número de resoluciónI.5o.C.61 C (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2013
Fecha31 Agosto 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1732. I.5o.C.61 C (10a.).
MateriaCivil

Sintéticamente son dos los intereses que confluyen bajo el establecimiento de una sociedad extranjera y que deben ser armonizados: uno, por parte de la sociedad inversora, que se emparenta con la libertad jurídica necesaria que le permita alcanzar operaciones comerciales de resultado competitivo y otro del Estado receptor de establecer efectivo control sobre el establecimiento y funcionamiento de dichas empresas. Es en virtud de este último interés remarcado que surgen las diferentes normativas nacionales sobre el establecimiento y el funcionamiento de las sociedades constituidas en el extranjero. Ante ello, es indudable que si bien es cierto que la legislación nacional propende a tutelar la inversión que realizan empresas foráneas, también lo es que el hecho de que en la norma de conflicto derivada de los artículos 12 y 2736 del Código Civil Federal, se establezca la aplicabilidad del derecho vigente en el lugar en que se constituyó esa sociedad, encuentra plena acogida en la finalidad de referencia, pues si bien la Ley de Inversión Extranjera, el...

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