Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 31 de Agosto de 2013 (Tesis num. XIV.P.A.1 P (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 01-08-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2004261
Fecha31 Agosto 2013
Fecha de publicación31 Agosto 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1679. XIV.P.A.1 P (10a.).
Número de resoluciónXIV.P.A.1 P (10a.)
MateriaConstitucional,Penal,Derecho Penal,Derecho Constitucional

El Constituyente Permanente, en el artículo 20, apartado A, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008), en aras de que se cumpla a plenitud con el derecho fundamental del inculpado a obtener su libertad provisional bajo caución, determinó que el monto y la forma de caución que se fijen sean asequibles. Luego, si para gozar de este beneficio tratándose del delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, previsto en el artículo 220 del Código Penal del Estado de Yucatán, el Juez fija como garantía de la reparación del daño una cantidad que notoriamente excede de aquella que pudiera considerarse necesaria para la subsistencia de los acreedores alimentarios, porque sobrepasa el concepto de "alimentos" en sentido estricto o material, que es el que se protege en el ámbito de la tutela penal, de acuerdo con la jurisprudencia 1a./J. 21/99, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 339, del Tomo IX, mayo de 1999, del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR