Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 31 de Agosto de 2013 (Tesis num. XVI.1o.A.T.21 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-08-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2004219
Número de resoluciónXVI.1o.A.T.21 A (10a.)
Fecha de publicación31 Agosto 2013
Fecha31 Agosto 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIII, Agosto de 2013; Tomo 3; Pág. 1642. XVI.1o.A.T.21 A (10a.).
MateriaAdministrativa

Los artículos 117, fracción II, inciso b), 120 y 127 del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, prevén la posibilidad de acudir al juicio contencioso administrativo para impugnar violaciones cometidas en el procedimiento administrativo de ejecución antes del remate; pero, con el evidente propósito de no entorpecer el cobro coactivo de contribuciones, el legislador prescribe que dicho medio de defensa sólo podrá hacerse valer hasta que se publique la convocatoria respectiva, dentro de los diez días siguientes, lo que implica que esta clase de actos intermedios, no serán recurribles de manera autónoma, ni podrán adquirir el carácter de "definitivos". El propio artículo 127, antes citado, establece como excepciones a esa regla la posibilidad de impugnación de los actos de ejecución sobre bienes inembargables y los de imposible reparación. Ahora, la regla general descrita, sólo tiene aplicación cuando en atención a la naturaleza de los bienes embargados, éstos sean susceptibles de avalúo y remate; de forma que cuando no ocurra así, no será necesario esperar hasta una convocatoria de remate que evidentemente no tendrá verificativo. La designación del interventor con cargo a la caja de una negociación, dados los efectos jurídicos y el impacto severo que la intervención ocasiona a las actividades y a la libre disposición del patrimonio de la negociación, que inclusive puede traducirse en una situación de perjuicio irreparable para el contribuyente, pues conforme...

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