Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. VIII.1o.(X Región) 9 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Décima Región, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))

Número de registro2004539
Número de resoluciónVIII.1o.(X Regi
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Fecha30 Septiembre 2013
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2625. VIII.1o.(X Región) 9 C (10a.).
MateriaCivil

De acuerdo con el artículo 4o. de la Constitución General de la República Mexicana, en correlación con los diversos 3, 7, 8, 9, 12, 16, 18, 19, 20 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y la opinión consultiva OC-17/2002, de veintiocho de agosto de dos mil dos, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se advierte que el desarrollo y bienestar integral del niño comprenden el derecho a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos; a preservar las relaciones familiares; a que no sea separado de sus padres, excepto cuando ello sea necesario en favor del interés superior del niño; el derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su familia; el de protección contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental; descuido o trato negligente; malos tratos o explotación; incluido el abuso sexual, así como el derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social. De lo anterior, se sigue que la separación respecto a su núcleo familiar debe encontrarse debidamente justificada y preferentemente tener una duración temporal, de manera que cuando hubieran cesado las circunstancias que la motivaron sea devuelto a sus padres; esto es, la separación deberá ser excepcional y preferentemente temporal. En esa virtud, la pérdida de la patria potestad, como medida extrema del derecho de familia, contenida en los artículos 411 a 424 Bis del Código Civil para el Estado de Nuevo León, con base en hechos derivados de conductas anteriores de los padres biológicos susceptibles de modificarse, como lo son los ocasionados con motivo de adicciones a las drogas que se tradujeron en conductas que se reflejaron en el abandono de sus deberes o...

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