Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. XVI.1o.A.T.14 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.1o.A.T.14 K (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Fecha30 Septiembre 2013
Número de registro2004608
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2695. XVI.1o.A.T.14 K (10a.).
MateriaConstitucional,Común

Los terceros extraños son personas físicas o morales que no figuran en el procedimiento como parte en sentido material, pero que sufren un perjuicio dentro de él o en ejecución de la resolución que ahí se dicte, sin haber tenido la oportunidad de ser oídos en su defensa por desconocer las actuaciones relativas; por tanto, conforme a los artículos 114, fracción II, de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013 y 107, fracción VI, de la actual, no están obligados a agotar recursos ordinarios o medios legales de defensa antes de ocurrir al amparo, ni a esperar al dictado de la última resolución que se emita en dicho procedimiento. Sin embargo, cuando el inconforme acude a la instancia constitucional en su carácter de tercero extraño como titular de un derecho que estima afectado, derivado de la cesión obtenida de una de las partes contendientes en el juicio de origen, en el que aduce no se respetó su derecho fundamental de audiencia previa, dicha violación no se configura, en la medida en que el inconforme adquirió de quien fue escuchado y vencido en el procedimiento en que fue parte, y ello sólo da paso a que se solicite el saneamiento por evicción, previsto en la legislación civil, pero no implica que se vulnere su derecho de...

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