Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Novena Región, 30 de Septiembre de 2013 (Tesis num. XXIII.1o.(IX Región) 2 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Novena Región, 01-09-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXIII.1o.(IX Regi
Fecha de publicación30 Septiembre 2013
Fecha30 Septiembre 2013
Número de registro2004503
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2593. XXIII.1o.(IX Región) 2 C (10a.).
MateriaConstitucional,Civil

Si en un juicio ejecutivo mercantil válidamente se opuso la excepción y se declara que el interés moratorio pactado en un título de crédito es usurario debido a la desproporcionalidad de la tasa fijada que hace fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexperiencia, o de la ignorancia del deudor (usura), provocando una lesión al pactar el título de crédito, tal como lo ha resuelto el Máximo Tribunal del País, lo procedente es su reducción equitativa y proporcional, y no la absolución de su pago, aun cuando no se haya reclamado en esos términos, pues no se trata de una alteración en el rubro de los intereses moratorios insertos en el documento ejecutivo, en cuyo caso resulta aplicable la jurisprudencia 1a./J. 22/2011, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 680, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, de la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y...

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