Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 1 de Enero de 2014 (Tesis num. XVI.2o.C.T.1 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Sexto Circuito, 24-01-2014 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XVI.2o.C.T.1 K (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Enero 2014 |
Fecha | 01 Enero 2014 |
Número de registro | 2005388 |
Localizador | [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo IV; Pág. 3142. XVI.2o.C.T.1 K (10a.). |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
El citado artículo prevé dos supuestos que excluyen la observancia del principio de definitividad que rige el juicio de amparo, la disposición contempla que tal regla no opera: a) Cuando en el caso específico, la procedencia del medio ordinario de impugnación se encuentre sujeta a una interpretación adicional y b) Cuando su fundamento resulte insuficiente para determinarla; en ambos supuestos se permite al gobernado acudir al recurso o directamente al juicio. Ahora bien, la hipótesis contemplada en ese precepto legal, se refiere a los casos en que, dada la naturaleza del recurso, a fin de determinar su procedencia, se haga necesaria una interpretación adicional, figura que se actualiza cuando el significado de la norma no queda claro en el contexto específico en que se ha de aplicar y el intérprete se encuentra frente a dos o más soluciones posibles, de suerte que ha de enfrentarlas y decidir cuál de ellas es la que encuentra mayor apoyo, justificando de manera adicional el porqué se opta por esa interpretación, dando así origen a lo que en la doctrina jurídica se denomina interpretación adicional. Así, de ser ese el caso, no se surte la carga procesal de agotar el medio ordinario de defensa en lugar de incoar el juicio de amparo, ello en el entendido de que no opera tal excepción cuando exista jurisprudencia obligatoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con respecto a la procedencia del medio ordinario de...
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...2, Tomo IV, enero de 2014, página 3142 «y Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de enero de 2014 a las 13:21 horas», tesis XVI.2o.C.T.1 K (10a.), de título y subtítulo: "PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. INTELECCIÓN DEL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XVIII, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE AMPARO......
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...Época, que se identifica con el registro electrónico: 2005388, Libro 2, T.I., correspondiente al mes de enero de dos mil catorce, tesis XVI.2o.C.T.1 K (10a.), visible en la página 3142 «y en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de enero de 2014 a las 13:21 horas», que a la ......