Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 28 de Febrero de 2014 (Tesis num. II.1o.T.18 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 28-02-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2005763
Número de resoluciónII.1o.T.18 L (10a.)
Fecha de publicación28 Febrero 2014
Fecha28 Febrero 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2468. II.1o.T.18 L (10a.).
MateriaLaboral

La ley y la jurisprudencia imponen al patrón la carga de desvirtuar el despido, por asumir, en términos generales, que resulta más creíble la versión del despido que la de su negativa. Luego, si el patrón lo niega y pretende invertir la carga probatoria respecto del alegado, ofreciendo el trabajo en las mismas condiciones en que lo venía haciendo el trabajador, con ello, no hace otra cosa que contraponer un aserto no probado (la negativa del despido) a la presunción legal y jurisprudencial de que sí tuvo lugar el despido injustificado. Por consiguiente, la carga de probar que la oferta se realizó en esas mismas condiciones corresponde al patrón y, por ende, también allegar al órgano jurisdiccional todos los elementos que sean necesarios para tal efecto, entre ellos, las constancias del juicio anterior para constatar: a) si la propuesta de regreso al trabajo que se hizo en éste guarda correspondencia con la segunda oferta; y, b) observar la jurisprudencia 4a./J. 10/90, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, T.V., Primera Parte, julio-diciembre de 1990, página 243, de rubro: "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO HECHO DE NUEVA CUENTA A UN TRABAJADOR REINSTALADO EN UN JUICIO ANTERIOR. CALIFICACIÓN DEL.", en la que la otrora Cuarta Sala del Alto Tribunal sostuvo que para calificar el segundo o ulterior ofrecimiento de trabajo, éste no debe examinarse aisladamente o en abstracto, por lo que es necesario analizar los antecedentes del caso, ya que imponer esta carga al operario sería tanto como obligarlo a probar en su contra, pues si bien con la aportación de las constancias de ese juicio no deriva necesariamente que la segunda oferta sea de buena fe; su no aportación favorece siempre al trabajador, porque...

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