Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Novena Región, 30 de Abril de 2015 (Tesis num. (IX Región)1o.3 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Novena Región, 17-04-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(IX Región)1o.3 K (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2015
Fecha30 Abril 2015
Número de registro2008900
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II ; Pág. 1658. (IX Región)1o.3 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

La Segunda S. del Máximo Tribunal del País, en las jurisprudencias 2a./J. 151/2013 (10a.) y 2a./J. 62/2014 (10a.), publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXVI, Tomo 1, noviembre de 2013, página 573, de rubro: "ACTUACIONES JUDICIALES O JURISDICCIONALES. LA MENCIÓN EXPRESA DEL NOMBRE Y APELLIDOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVENGAN EN AQUÉLLAS CONSTITUYE UN REQUISITO PARA SU VALIDEZ, SIENDO INSUFICIENTE, AL EFECTO, QUE SÓLO ESTAMPEN SU FIRMA." y en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 30 de mayo de 2014 a las 10:40 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 6, Tomo II, mayo de 2014, página 1089, de título y subtítulo: "JURISPRUDENCIA 2a./J. 151/2013 (10a.), DE RUBRO: ‘ACTUACIONES JUDICIALES O JURISDICCIONALES. LA MENCIÓN EXPRESA DEL NOMBRE Y APELLIDOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVENGAN EN AQUÉLLAS CONSTITUYE UN REQUISITO PARA SU VALIDEZ, SIENDO INSUFICIENTE, AL EFECTO, QUE SÓLO ESTAMPEN SU FIRMA.’. ÁMBITO TEMPORAL DE APLICACIÓN.", estableció que tanto las actuaciones judiciales, como las de las autoridades formalmente administrativas, pero materialmente jurisdiccionales, para ser válidas requieren contener la firma autógrafa, el cargo, nombre y apellidos de los servidores que en ellas intervengan, así como que tal criterio es aplicable respecto de actuaciones procesales o intermedias, sentencias, laudos o resoluciones que ponen fin al juicio, dictadas a partir del 11 de diciembre de 2013, fecha en la que terminó la distribución del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, correspondiente al mes de noviembre del mismo año, en el que se publicó la jurisprudencia citada en primer término. Sin embargo, como la referida S., para determinar el ámbito temporal de aplicación del criterio aludido, partió de la base de que el marco constitucional vigente a partir del 3 de abril de 2013, prevé que la...

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