Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 30 de Abril de 2015 (Tesis num. VI.2o.P.4 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, 10-04-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.2o.P.4 K (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2015
Fecha30 Abril 2015
Número de registro2008827
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 17, Abril de 2015; Tomo II ; Pág. 1702. VI.2o.P.4 K (10a.).
MateriaComún, Común

De la jurisprudencia 1a./J. 30/2003, de rubro: "CONFLICTO COMPETENCIAL. PRESUPUESTO PARA SU EXISTENCIA.", de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 46, T.X., junio de 2003, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, se advierte que para plantear un conflicto competencial es menester que los órganos judiciales contendientes manifiesten expresamente, en ejercicio de su autonomía y potestad, que no aceptan conocer del asunto sometido a su jurisdicción. Ahora bien, cuando un J. de Distrito declina su competencia en favor del juzgado que se encuentre "en turno" en un determinado circuito judicial, y el jefe de la Oficina de Correspondencia Común de ese lugar se niega a recibir el oficio correspondiente, bajo el argumento de que está imposibilitado legalmente para hacerlo, ello no puede estimarse como un pronunciamiento válido para que pueda existir un conflicto competencial, ya que no hay una manifestación expresa de alguna autoridad jurisdiccional en...

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