Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 31 de Julio de 2015 (Tesis num. XXI.1o.P.A.5 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 03-07-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.P.A.5 P (10a.)
Fecha de publicación31 Julio 2015
Fecha31 Julio 2015
Número de registro2009587
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 20, Julio de 2015; Tomo II ; Pág. 1777. XXI.1o.P.A.5 P (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

El artículo 5 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero priva a la víctima u ofendido del delito de la posibilidad de hacer uso de los medios ordinarios de defensa que prevé, al no reconocerles el carácter de parte dentro del proceso penal, lo que los equipara a terceros extraños, pues establece que sólo podrán coadyuvar con el Ministerio Público proporcionando al juzgador, por conducto de aquél o directamente, los datos que tengan y conduzcan a acreditar la procedencia y monto de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por la comisión de la conducta delictiva de que se trate; por ello, no se le puede exigir que, previamente a acudir al juicio de amparo, agote los medios ordinarios de defensa, so pena que de no hacerlo, resulte improcedente la vía. Tampoco es aplicable esta exigencia, por la posibilidad de que la autoridad jurisdiccional ordinaria los considerare legitimados para interponerlo y admita el recurso, porque esta interpretación no puede aplicarse en su perjuicio y considerar, con base en ella y en contravención a la mencionada legislación adjetiva que sí tienen el carácter de parte dentro del procedimiento penal, y que por ello, están obligados a interponer contra el acto reclamado el recurso o...

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