Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 30 de Junio de 2015 (Tesis num. VI.1o.T.3 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Sexto Circuito, 19-06-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.T.3 K (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2015
Fecha30 Junio 2015
Número de registro2009443
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III ; Pág. 2379. VI.1o.T.3 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De la interpretación del artículo 104 de la Ley de Amparo, se colige que el recurso de reclamación procede contra los acuerdos de trámite dictados por los presidentes -entre otros- de los Tribunales Colegiados de Circuito. Por tanto, si durante la sustanciación del recurso de queja ante un Tribunal Colegiado de Circuito, en términos de los artículos 99, primer párrafo y 101 de la ley de la materia, su presidente impone una multa a la autoridad responsable, es inconcuso que esta determinación constituye un acuerdo de trámite y, por ende, en su contra procede el recurso de reclamación.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEXTO CIRCUITO

Recurso de reclamación 15/2014. Presidente de la Junta Especial...

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