Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 30 de Junio de 2015 (Tesis num. I.8o.P.1 K (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 12-06-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.8o.P.1 K (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2015
Fecha30 Junio 2015
Número de registro2009404
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III ; Pág. 2477. I.8o.P.1 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De acuerdo con la jurisprudencia P./J. 51/2014 (10a.), del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de noviembre de 2014 a las 9:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 12, Tomo 1, noviembre de 2014, página 24, de título y subtítulo: "IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. EN TÉRMINOS DE LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 64, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE LA MATERIA, SE DEBE DAR VISTA AL QUEJOSO CON LA POSIBLE ACTUALIZACIÓN DE ALGUNA CAUSA NOVEDOSA, TANTO EN EL SUPUESTO EN EL QUE SE ACTUALICEN SIMULTÁNEAMENTE LAS DOS HIPÓTESIS QUE PREVÉ, COMO EN AMPARO DIRECTO.", la vista establecida en el artículo 64, párrafo segundo, de la Ley de Amparo tiene como finalidad privilegiar el derecho humano de audiencia, en los casos en que, de oficio, el órgano jurisdiccional de amparo advierta alguna causa de improcedencia respecto de la cual el quejoso no ha tenido oportunidad de expresar argumentos tendentes a favorecer su situación jurídica. Por lo tanto, es innecesario otorgarla al quejoso en términos del artículo invocado, cuando la causa de improcedencia que se actualiza no le produce perjuicio alguno que justifique el ejercicio de dicho derecho humano, como ocurre en los casos en que el inconforme materialmente obtuvo la pretensión por la que promovió el juicio de amparo, ya sea porque se le restituyó en el pleno goce del derecho que estimó violado y se restablecieron las cosas al estado que guardaban antes del acto reclamado, o bien, porque la autoridad...

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