Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, 31 de Marzo de 2015 (Tesis num. XI.P.3 P (10a.) de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, 06-03-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.P.3 P (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2015
Fecha31 Marzo 2015
Número de registro2008614
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2372. XI.P.3 P (10a.).
MateriaComún

De conformidad con los artículos 107, fracción III, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 107, fracción V, de la Ley de Amparo, el juicio de amparo indirecto procede contra actos dentro del juicio, cuando tengan sobre las personas o cosas, una ejecución de imposible reparación, entendiéndose por ellos, los que afecten materialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución o en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Por su parte, la separación de autos en el procedimiento penal tiene como fin inmediato que el proceso instruido contra varios inculpados, se concluya respecto de alguno o algunos de ellos y se dicte la sentencia que a ellos corresponda, sin perjuicio de continuar la secuela procedimental en contra de los diversos sujetos activos. Ahora bien, la resolución que confirma la de primera instancia que desestima el incidente de separación de autos, genera para el quejoso afectación a sus derechos sustantivos, tutelados en el artículo 20 constitucional, pues la consecuencia es que deba esperar a que el juicio se sustancie por todos los inculpados y culmine con una única sentencia; por lo que, aun cuando dicho fallo resultara favorable al quejoso, el agravio que pudo haber resentido por desestimarse incorrectamente su incidencia, no desaparecería, porque el tiempo que permaneció recluido en espera de la absolución, no se le puede resarcir materialmente, lo que demuestra que esa afectación trasciende en su libertad personal, por la huella imborrable que quedaría en su esfera jurídica. Además de que también se refleja en el derecho fundamental contenido en el artículo 17 de la Constitución Federal, que garantiza a los justiciables...

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