Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 31 de Marzo de 2015 (Tesis num. XIII.T.A.9 L (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo Y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 06-03-2015 (Tesis Aisladas))

Número de registro2008622
Número de resoluciónXIII.T.A.9 L (10a.)
Fecha de publicación31 Marzo 2015
Fecha31 Marzo 2015
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 16, Marzo de 2015; Tomo III ; Pág. 2445. XIII.T.A.9 L (10a.).
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

De la interpretación estricta de la cláusula nonagésima cuarta del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la Universidad Autónoma B.J. de Oaxaca y su sindicato de trabajadores académicos, vigente a partir de 2004, que establece que la universidad se obliga a cubrir a la trabajadora o al trabajador por los 28 y 30 años de servicios prestados, una jubilación consistente en el pago del cien por ciento del salario que devengue al momento de su jubilación, se colige que se refiere a la totalidad del salario percibido sistemática y ordinariamente durante las últimas quincenas en que prestaron sus servicios; pero tal prestación no debe calcularse conforme al "salario integrado", ya que si ésa hubiera sido la voluntad de las partes, así se hubiese pactado. Exégesis que se hace conforme al criterio sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J....

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