Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 31 de Mayo de 2015 (Tesis num. II.2o.A.1 A (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 22-05-2015 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.2o.A.1 A (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Mayo 2015 |
Fecha | 31 Mayo 2015 |
Número de registro | 2009244 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo III ; Pág. 2325. II.2o.A.1 A (10a.). |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
De acuerdo con los artículos 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 1o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y 1 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única abrogada, el objeto de estas contribuciones son los ingresos (totales tratándose de la inicialmente mencionada y los obtenidos por la realización de alguna de las actividades consistentes en enajenación en bienes, prestación de servicios independientes u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, respecto de las restantes). De ahí que dichas reglas, publicadas en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 5 de marzo de 2009, 20 de enero de 2010, 28 de febrero de 2011, 28 de febrero de 2012 y 11 de enero de 2013, para cada uno de los ejercicios mencionados, al establecer en el primer renglón de la tabla correspondiente para el pago de los tributos indicados, una cuota fija integrada (cuota A) de $100.00 y una cuota fija única (cuota B) de $50.00, aplicables a personas físicas cuya actividad empresarial esté gravada de conformidad con el régimen de pequeños contribuyentes, que obtengan un ingreso mínimo de $0.00, violan el principio de proporcionalidad tributaria, previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque no atienden a la capacidad contributiva de los sujetos pasivos, pues buscan gravar ingresos no obtenidos y actividades por las que no se han percibido éstos, según corresponda.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Amparo directo 695/2014. O.S.R.. 19 de febrero de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: T.C.P.. Secretaria: M.G.G.P..
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 452/2016 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis...
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...por las que no se ha obtenido importe alguno. Resulta aplicable al caso, por las razones jurídicas que la informan, la tesis aislada II.2o.A.1 A (10a.), de contenido: ‘REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES, EN MATERIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, IMPUE......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...además de que no se atendía a la capacidad contributiva de los sujetos pasivos. 17. De las anteriores consideraciones derivó la tesis aislada II.2o.A.1 A (10a.), de título y subtítulo: "REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES, EN MATERIA DEL IMPUESTO SOB......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-08-2017 (RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 516/2017)
...por las que no se ha obtenido importe alguno. Resulta aplicable al caso, por las razones jurídicas que la informan, la tesis aislada II.2o.A.1 A (10a.), sustentada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, que se comparte, consultable en la Gaceta del......