Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 31 de Mayo de 2015 (Tesis num. I.2o.P.39 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 15-05-2015 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.2o.P.39 P (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2015
Fecha31 Mayo 2015
Número de registro2009153
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Mayo de 2015; Tomo III ; Pág. 2294. I.2o.P.39 P (10a.).
MateriaComún

La determinación incidental en la que la autoridad judicial determina que no es procedente realizar el cálculo de compurgación de la pena preventiva en los términos pretendidos por el promovente del amparo, constituye una resolución dictada dentro de juicio que afecta la libertad personal, en tanto que incide en los términos y lapso en que el sentenciado permanecerá afectado de su libertad deambulatoria, o modifica las condiciones en las que tal privación deba ejecutarse, de modo tal que esa resolución afecta dicha autonomía personal, en tanto que incide en los términos y lapso en que el sentenciado permanecerá afectado de aquélla, de conformidad con la jurisprudencia 1a./J. 6/2011 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: "COMPURGACIÓN DE LA PENA IMPUESTA EN SENTENCIA. CONTRA LA DETERMINACIÓN QUE RECAE A LA PETICIÓN DEL REO, PUEDE PROMOVERSE EL AMPARO INDIRECTO EN CUALQUIER TIEMPO, POR TRATARSE DE UN ACTO QUE AFECTA LA LIBERTAD PERSONAL.", por lo que constituye una excepción al principio de definitividad y, por...

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