Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 30 de Abril de 2014 (Tesis num. I.2o.C.6 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 25-04-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.2o.C.6 K (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2014
Fecha30 Abril 2014
Número de registro2006286
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo II; Pág. 1473. I.2o.C.6 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De la interpretación a los artículos 174 a 181 de la Ley de Amparo se advierte que la demanda de amparo adhesivo directo debe presentarse ante el Tribunal Colegiado de Circuito al que por turno corresponda conocer de la demanda de amparo principal, o en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados de Circuito y no ante la autoridad responsable, pues el plazo procesal para su presentación transcurre una vez que se ha admitido la demanda de amparo en lo principal, por el Tribunal Colegiado de Circuito al que corresponda por turno, ya que conforme al artículo 181 del ordenamiento legal en cita, el plazo de quince días para la presentación de la demanda de amparo adhesivo inicia con posterioridad a la admisión de la demanda de amparo por el Tribunal Colegiado de Circuito, toda vez que es, precisamente, su presidente quien manda notificar a las partes el acuerdo respectivo para que en el plazo de quince días presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo; además, resultaría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR