Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, 30 de Junio de 2014 (Tesis num. (I Región)4o.2 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Primera Región, Con Residencia en El Distrito Federal, 20-06-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(I Regi
Fecha de publicación30 Junio 2014
Fecha30 Junio 2014
Número de registro2006771
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1730. (I Región)4o.2 K (10a.).
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De la interpretación conjunta de los artículos 26, fracción I, inciso k) y 117, séptimo párrafo, de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013, se colige que, tratándose de actos de naturaleza administrativa, cuando en el informe justificado respectivo la autoridad responsable dé su fundamentación y/o motivación, debe ordenarse correr traslado al quejoso con éste mediante notificación personal, a efecto de que tenga la oportunidad de ampliar la demanda de amparo al respecto, pues de lo contrario, se transgreden en su perjuicio las reglas que rigen el procedimiento del juicio de amparo, al dejarlo sin defensas. Consecuentemente, si la autoridad responsable modifica la fundamentación y/o motivación en que sustentó el acto reclamado, también debe darse vista en los términos indicados, ya que se trata de una misma situación en el juicio de amparo, de lo contrario, procede la reposición del procedimiento.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Amparo en revisión 6/2014 (cuaderno auxiliar 338/2014) del índice del Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con apoyo del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en el Distrito...

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