Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 30 de Junio de 2014 (Tesis num. XVIII.4o.8 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 13-06-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.4o.8 K (10a.)
Fecha de publicación30 Junio 2014
Fecha30 Junio 2014
Número de registro2006684
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1556. XVIII.4o.8 K (10a.).
MateriaComún

En términos del artículo 181 de la Ley de Amparo, la demanda de amparo adhesivo debe presentarse dentro del plazo de quince días, so pena de declarar su extemporaneidad. Cómputo que inicia una vez que se le notifica a la parte tercero interesada, por conducto del propio Tribunal Colegiado de Circuito, la admisión del amparo principal; sin embargo, este precepto no hace referencia expresa sobre la forma en que debe practicarse esa notificación. No obstante, del segundo párrafo del diverso 182 de la propia legislación, se colige que la presentación y trámite del amparo adhesivo se regirán, en lo conducente, por lo dispuesto para el amparo principal. Además, si el amparo adhesivo es consecuente al conocimiento que se haga al tercero interesado sobre la admisión del amparo principal, entonces esta notificación se practica por medio de alguno de los actuarios del propio Tribunal Colegiado. De ahí que se concluya que las reglas para la notificación de los actos relacionados con el amparo adhesivo son las que se prevén en la legislación de la materia para el amparo principal y, por tanto, la forma de notificación de ese tipo de actuaciones será personal, según el mencionado artículo 181, en relación con el diverso 26, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, pues si en la ley de la materia obra el imperativo de notificar al tercero interesado sobre la promoción del amparo principal y dicha diligencia constituye la primera notificación dentro de ese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
    • México
    • Segunda Sala
    • 30 Junio 2016
    ...de acceso a la justicia y el principio de favorecimiento de la acción, lo que además refuerza se refuerza (sic) a su juicio con la tesis XVIII.4o.8 K (10a.), del encabezado: ‘AMPARO DIRECTO ADHESIVO. PARA EFECTOS DEL INICIO DEL CÓMPUTO DEL PLAZO DE QUINCE DÍAS PARA SU PROMOCIÓN, EL AUTO QUE......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR