Tesis, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, 11 de Septiembre de 2020 (Tesis num. (IV Región)1o. J/15 K (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Cuarta Región, 11-09-2020 (Reiteración))

Número de registro2022098
Número de resolución(IV Región)1o. J/15 K (10a.)
Fecha de publicación11 Septiembre 2020
Fecha11 Septiembre 2020
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (IV Región)1o. J/15 K (10a.)

De conformidad con la teoría del acto jurídico y sus nulidades relativas y absolutas que se regulan en los artículos 2224 a 2227 del Código Civil Federal, el error vicia el consentimiento, lo que implica que un acto jurídico judicial basado en un error, o sea, viciado por una falsa creencia de la realidad, por ejemplo, en cuanto a la legitimación de quien interpuso un recurso o a la oportunidad con que se presentó resulta nulo y sus consecuencias pueden y deben ser anuladas por el órgano colegiado. Además, el error vicia el acto judicial de que se trata, y aunque provisionalmente produce efectos jurídicos y materiales, como lo es que se tramite el recurso con vista a las partes y el turno a ponencia, esos efectos pueden anularse por el órgano colegiado actuando en pleno al dictar sentencia, porque un acto viciado por error no puede vincular a resolver un recurso que es improcedente, ya que es facultad del pleno realizar el análisis oficioso de su procedencia y demás presupuestos procesales, en debida aplicación de las normas que regulan el trámite de que se trate, así como porque son actos de voluntad distintos en etapas diferentes, donde la preclusión opera respecto de las partes, pero no para el órgano que emite la sentencia y que es la máxima voluntad del tribunal que excepcionalmente es recurrible. De ahí que el auto de presidencia que por error admite a trámite el recurso, no vincula al Pleno del Tribunal Colegiado de Circuito para que resuelva el fondo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Amparo en revisión 310/2019 (cuaderno auxiliar 985/2019) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 11 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: N.L.R.. Secretaria: A.L.S.C..


Amparo en revisión 289/2019 (cuaderno auxiliar 1065/2019) del índice del Tribunal...

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