Tesis, Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, 11 de Octubre de 2019 (Tesis num. XI.P. J/7 (10a.) de Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, 11-10-2019 (Reiteración))

Número de registro2020797
Número de resoluciónXI.P. J/7 (10a.)
Fecha de publicación11 Octubre 2019
Fecha11 Octubre 2019
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XI.P. J/7 P (10a.)

Conforme a los artículos 18, fracciones III y IV, y 29 del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, el titular de la Unidad de Asuntos Legales y Derechos Humanos tiene a su cargo la representación legal del comisionado de dicho órgano y normativamente es el facultado para intervenir en los juicios de amparo por actos de autoridades del órgano, interponer los recursos correspondientes y vigilar su tramitación hasta resolución firme. Asimismo, el comisionado puede ser suplido en sus ausencias por los coordinadores generales de Prevención y Readaptación Social y de Centros Federales, en el ámbito de sus funciones, y en ausencia de éstos por el director general de Ejecución de Sanciones; sin embargo, el sistema de suplencias por ausencia establecido en el artículo 31 del reglamento mencionado, es inaplicable al titular de la Unidad de Asuntos Legales y Derechos Humanos por los servidores públicos del nivel inmediato inferior que de él dependen, pues ese artículo excluye la posibilidad de que sea suplido por ausencia, ya que en este supuesto sólo ubica a los titulares de las coordinaciones generales, direcciones generales, direcciones generales adjuntas, direcciones, subdirecciones y jefaturas de departamento. En estas condiciones, si el recurso de revisión contra la sentencia dictada en un juicio de amparo es interpuesto por quien carece de facultades para representar legalmente o sustituir al comisionado en los términos señalados, será improcedente, ante la falta de legitimación del recurrente. De igual forma, bajo ese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR