Tesis, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 5 de Abril de 2019 (Tesis num. XV.3o. J/3 (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 05-04-2019 (Reiteración))

Número de registro2019638
Número de resoluciónXV.3o. J/3 (10a.)
Fecha de publicación05 Abril 2019
Fecha05 Abril 2019
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XV.3o. J/3 (10a.)

Conforme al párrafo segundo del artículo 73 de la Ley de Amparo, al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales relativo a la publicidad de proyectos de sentencia tratándose de resoluciones sobre la constitucionalidad o convencionalidad de una norma general y amparos colectivos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2017, y a la jurisprudencia P./J. 53/2014 (10a.), del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, únicamente debe publicarse la parte considerativa de la sentencia que aborde el análisis de constitucionalidad o convencionalidad de una norma general, o bien, se realice la interpretación directa de un precepto constitucional o de un tratado internacional en materia de derechos humanos, sin que deban incluirse en la publicación los temas relacionados con la legalidad del acto reclamado, pues de publicarse íntegramente el proyecto de sentencia se daría conocimiento de la totalidad del proyecto y no sólo de las cuestiones referidas, lo que no fue la intención del legislador, máxime que ese supuesto se presta para que con el fin de conocer el sentido total del proyecto, el quejoso o recurrente incluya en su demanda alguna de esas temáticas ampliando la publicidad a todos los casos.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 176/2018. 27 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: G.M.V.C.. Secretario: F.Y.R.C..


Amparo directo 246/2018. M.E.V.G.. 31 de octubre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: G.M.V.C.. Secretaria: D.I.d.P.A..


Amparo directo 318/2018. T.I., S.A. de C.V. 31 de octubre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: G.M.V.C.. Secretario: F.Y.R.C..


Amparo directo 493/2018. V.S.G.Á.. 17 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: R.A.F.S.. Secretario: H.G.T.G..


Amparo directo 500/2018. Blanca Estela L.G.. 24 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: R.A.F.S.. Secretario...

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