Tesis, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, 8 de Enero de 2016 (Tesis num. XXV.1o. J/1 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, 08-01-2016 (Reiteración))

Número de registro2010749
Número de resoluciónXXV.1o. J/1 (10a.)
Fecha de publicación08 Enero 2016
Fecha08 Enero 2016
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXV.1o. J/1 (10a.)

En términos del artículo 51, fracción I, de la Ley de Amparo, existe impedimento de un Juez de Distrito para conocer del juicio de amparo indirecto promovido contra el Congreso del Estado de Durango, a quien se le reclama la expedición de una norma general, si entre dicho juzgador y uno de los diputados integrantes de esa Legislatura Local, existe parentesco en línea colateral por afinidad dentro del segundo grado. Lo anterior, toda vez que, de acuerdo con el artículo 5o., fracción II, de la citada legislación, dicho Congreso es parte en el juicio de amparo; además, conforme al artículo 66 de la Constitución Política del Estado, éste se compone de veinticinco diputados electos cada tres años de manera popular y conforme a los principios de votación de mayoría relativa y representación proporcional. En ese sentido, si el Juez de amparo manifestó tener dicho parentesco con uno de ellos, es decir, con un diputado integrante de ese órgano legislativo señalado como autoridad responsable, es incuestionable que se actualiza la causa de impedimento de que se trata y fundada la excusa planteada por el funcionario judicial de referencia. Criterio que se sustenta, por analogía, en la tesis P.X., del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, mayo de 2007, página 11, de rubro: "IMPEDIMENTO. SE ACTUALIZA LA CAUSAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 66, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO EXISTE PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD ENTRE UN MINISTRO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y UNO DE LOS INTEGRANTES DEL ÓRGANO COLEGIADO CUANDO ÉSTE TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE.", la cual es aplicable en términos del artículo sexto transitorio de la ley de la materia.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO QUINTO CIRCUITO.

Impedimento 64/2015. Juez Tercero de Distrito en el Estado de Durango. 10 de agosto de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: S.M.G.R.. Secretaria: M. de los Ángeles Villanueva Cuevas.


Impedimento 74/2015. Juez Tercero de Distrito en el Estado de Durango. 31 de agosto de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: S.M.G.R.. Secretaria: M.Y.R.M..


Impedimento 87/2015. Juez Tercero de Distrito en el Estado de Durango. 14 de septiembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: R.A.V.G., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: M.A.R.C..


Impedimento...

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