Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Octubre de 2005 (Tesis num. 1a. CXIV/2005 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-10-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CXIV/2005
Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha01 Octubre 2005
Número de registro176982
EmisorPrimera Sala
MateriaOtra
Localizador9a. Epoca; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXII, Octubre de 2005; Pág. 697; [T.A.];

El incidente de inejecución de sentencia es un medio que se puede ejercitar de oficio o a petición de parte para exigir el cumplimiento de una sentencia de amparo. Dicho incidente comprende dos momentos: el primero, está formado por todos los requerimientos realizados a la autoridad responsable y sus superiores jerárquicos y por todas las gestiones efectuadas por el juzgador de amparo, para lograr el acatamiento del fallo protector; el segundo, por la apertura del expediente respectivo, el que finalmente es remitido a este Alto Tribunal para los efectos del artículo 107, fracción XVI, de la Carta Magna. De tal manera, tratándose de ejecutorias que conceden el amparo respecto de la inconstitucionalidad de un precepto en materia tributaria, que tenga como efecto la devolución de una cantidad líquida, el Juez de Distrito, dentro de las gestiones antes referidas, deberá obtener todos los elementos necesarios para la fijación de la cantidad a devolver como consecuencia del amparo otorgado, determinando los montos exactos de dicha devolución, considerando los accesorios que resulten de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación. Para tal efecto, deberá solicitar al quejoso y a la autoridad responsable toda la documentación correspondiente, la cual deberá encontrarse integrada en autos al inicio del segundo momento. Lo anterior con la finalidad de que este Alto Tribunal esté en aptitud de valorar si se actualiza la hipótesis prevista por el artículo 107, fracción XVI, constitucional.

Incidente de inejecución 161/2005. F.B.K.. 13 de julio de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: S.A.V.H.. Secretaria: P.Y.C..


Incidente de inejecución 151/2005. J. de la Parra y otro. 13 de julio de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J. de J.G.P.. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: J.C.S..

13 sentencias

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