Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, 1 de Agosto de 2011 (Tesis num. XIX.1o.P.T.23 P de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, 01-08-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.1o.P.T.23 P
Fecha de publicación01 Agosto 2011
Fecha01 Agosto 2011
Número de registro161413
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Agosto de 2011; Pág. 1271
MateriaConstitucional,Derecho Civil,Derecho Penal,Derecho Constitucional

El artículo 22, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos proscribe cualquier tipo de sanción excesiva (penal, civil, administrativa, etcétera), lo que incluye, entre otras, las que afecten a terceras personas vulnerables y no involucradas, así como las que no contengan las reglas adecuadas para que las autoridades impositoras puedan fijar su monto o cuantía según su gravedad; a su vez el numeral 4o. del mismo ordenamiento prevé la garantía del desarrollo y bienestar de la niñez, al señalar que los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Por su parte, el artículo 296, primer párrafo, del Código Penal para el Estado de Tamaulipas señala: "Al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias se le impondrá una sanción de seis meses a tres años de prisión, privación de derechos relativos a la familia y entrega de las cantidades que no fueron oportunamente suministradas a la familia.". Ahora bien, a partir de la base constitucional mencionada se concluye que la sanción consistente en la pérdida de los derechos de familia a que se refiere este último numeral es desproporcionada y contraria a los artículos invocados 4o. y 22 constitucionales, toda vez que el legislador no fijó los parámetros mínimos y máximos para su imposición y, por ende, se vuelve privativa durante toda la vida del sentenciado, además, porque no sólo afecta a su persona, sino también al interés superior de los niños, al...

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