Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Julio de 2011 (Tesis num. I.15o.A.175 A de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-07-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.15o.A.175 A
Fecha de publicación01 Julio 2011
Fecha01 Julio 2011
Número de registro161611
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Julio de 2011; Pág. 2027
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

La interpretación sistemática del citado precepto legal, en relación con el diverso artículo 39 del código tributario local, conduce a la convicción de que la contribución a título de aprovechamiento que debe pagarse por el impacto ambiental que origina una obra de construcción en el Distrito Federal, se causa cuando las personas físicas o morales realizan obras en términos del artículo 51 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, o de edificaciones y trabajos de más de doscientos metros cuadrados, el cual debe enterarse dentro de los quince días siguientes a aquel en que se produzca el aludido hecho generador, según la regla general prevista en el mencionado numeral 39; de lo que se sigue que el citado precepto 300...

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