Tesis Aislada, Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Julio de 2011 (Tesis num. I.18o.A.12 A de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-07-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.18o.A.12 A
Fecha de publicación01 Julio 2011
Fecha01 Julio 2011
Número de registro161710
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIV, Julio de 2011; Pág. 1952
MateriaAdministrativa

Los artículos 65 y 66 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público prevén la promoción de la inconformidad contra los actos de los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres personas y, específicamente, el segundo de los numerales dispone que la calidad de tercero interesado la tiene el licitante a quien se haya adjudicado el contrato respectivo, por lo que no puede otorgarse dicho carácter a todos los participantes en los mencionados procedimientos, dado que ello sería contrario a la teleología de la norma, respecto a reconocer esa calidad sólo en los términos indicados, a efecto de hacer ágil y eficaz la sustanciación y resolución de las inconformidades que se interpongan, con el propósito de ejercer el gasto público sin dilaciones, sin que sea aplicable el artículo 72, tercer párrafo, del reglamento del citado ordenamiento vigente en 2009, en la parte que asigna la calidad de tercero...

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