Tesis, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 28 de Febrero de 2014 (Tesis num. XX.3o. J/2 (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 28-02-2014 (Reiteración))
Número de registro | 2005728 |
Número de resolución | XX.3o. J/2 (10a.) |
Fecha de publicación | 28 Febrero 2014 |
Fecha | 28 Febrero 2014 |
Localizador | [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 1914. XX.3o. J/2 (10a.). |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Laboral,Derecho Laboral y Seguridad Social |
Si la separación de un trabajador de confianza al servicio del Estado es ilegal, ello trae como consecuencia, de conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción XIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se condene a la dependencia demandada al pago de las prestaciones derivadas de las medidas de protección al salario y de los beneficios de la seguridad social, como los salarios caídos, pues el precepto constitucional no prohíbe pagar ese concepto, ya que prevé que las personas que se desempeñen con esa calidad, disfruten de las medidas de protección al salario, encontrándose inmersos los salarios caídos. De ahí que sólo procede el pago, entre otras prestaciones, de los salarios no cubiertos desde la fecha de la ilegal remoción hasta aquella en que se lleve a cabo correctamente, sin que esto último tienda a proteger la estabilidad en el empleo de un trabajador de confianza, sino que obedece a la ilegalidad de la separación en caso de ser así.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Amparo directo 230/2013. J.L.A.J.. 16 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: S.T.S.G.. Secretario: F.R.S.A..
Amparo directo 356/2013. Alba A.D., por conducto de su apoderado. 13 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: S.T.S.G.. Secretario: F.R.S.A..
Amparo directo 424/2013. C.D.R.. 11 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: S.T.S.G.. Secretario: J.L.M.V..
Amparo directo 449/2013. V.M.G.. 11 de julio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.R.C.. Secretario: S.A.L.H..
Amparo directo 700/2013. 25 de noviembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: W.G.S., secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder...
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