Tesis, Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, 30 de Junio de 2014 (Tesis num. (IV Región)1o. J/7 (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Cuarta Región, 20-06-2014 (Reiteración))

Número de registro2006757
Número de resolución(IV Regi
Fecha30 Junio 2014
Fecha de publicación30 Junio 2014
Localizador [J] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1488. (IV Región)1o. J/7 (10a.).
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún

Del referido precepto deriva que el órgano jurisdiccional federal, por regla general, estudiará los conceptos de violación atendiendo a su prelación lógica y privilegiando en todo caso el estudio de aquellos que, de resultar fundados, redunden en mayor beneficio para el quejoso. Además, que en todas las materias se privilegiará el análisis de los de fondo por encima de los de procedimiento y forma, a menos que invertir ese orden redunde el efecto destacado. De conformidad con lo apuntado, se colige que si la quejosa formula conceptos de violación encaminados a denunciar, tanto violaciones procesales, como de fondo, o bien, en los casos en que procede la suplencia de la queja el tribunal de amparo advierte la existencia de aquellas que pudiesen ameritar la concesión de la protección constitucional para reponer el procedimiento y, paralelamente, se observa que la quejosa obtendrá un mayor beneficio en un aspecto de fondo; entonces, el estudio de las violaciones procesales en ambos supuestos, ya sea que se hagan valer vía conceptos de violación o se adviertan en suplencia de la queja deficiente, debe subordinarse al de fondo del asunto en tanto en esta temática subyace el mayor beneficio a que alude el numeral citado.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Amparo directo 1729/2013 (cuaderno auxiliar 204/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. J.E.R.P.. 6 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: J.T.C.. Secretario: V.H.M.E..


Amparo directo 1658/2013 (cuaderno auxiliar 179/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Sagrado Corazón de J.G.L.. 27 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: S.V.A...

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