Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónI.13o.T. J/14
Fecha de publicación01 Noviembre 2010
Fecha01 Noviembre 2010
Número de registro22501
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXXII, Noviembre de 2010, 1410

AMPARO DIRECTO 1029/2009. **********.


CONSIDERANDO:


CUARTO.-El estudio de los conceptos de violación conduce a este Tribunal Colegiado a determinar lo siguiente:


Como aspecto formal, la quejosa aduce que la responsable omitió analizar la contestación vertida por la quejosa en el sumario de origen, pues de haberlo hecho así hubiera declarado procedente la excepción de falta de acción y derecho que se hizo valer oportunamente, toda vez que el actor no cumplía con los requisitos establecidos por la ley para reclamar la devolución de los fondos de la subcuenta de vivienda 97; y, que la Junta no dio cumplimiento al artículo 842 de la Ley Federal del Trabajo al emitir un laudo impreciso en cuanto a la condena decretada en su contra, ya que no analizó, ni realizó pronunciamiento sobre la procedencia de las excepciones opuestas por la impetrante.


Es infundado lo esgrimido.


De los antecedentes del caso se destaca que el accionante demandó de **********, el reconocimiento de que le fueron transferidos para su administración los recursos destinados por concepto de retiro del régimen SAR 92 y que recibió y administró los recursos por concepto de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. También solicitó la entrega de los fondos de la subcuenta de vivienda por $********** (**********); al ********** reclamó la transferencia de esos fondos a la administradora, de conformidad con los artículos 40 y 43 Bis de la ley que lo rige para su entrega; y al ********** el reconocimiento que a partir del veinte de febrero de dos mil cuatro, le otorgó una pensión de cesantía en edad avanzada, con base en el sistema de la Ley del Seguro Social de mil novecientos setenta y tres.


**********, controvirtió lo anterior en el sentido de que no procedía su pago porque la cuenta no registraba los mismos, ya que habían sido sujetos a retiro para su entrega al propio actor, y lo referente a vivienda lo transfirió el ********** al gobierno federal para financiar la pensión otorgada el uno de mayo de dos mil cuatro; y precisó que el veintidós de septiembre de dos mil cuatro, le entregó la totalidad de los saldos acumulados en la subcuenta de vivienda 92.


La Junta estimó: "... Por lo que hace a la subcuenta de vivienda, ... se desprende que el accionante tiene derecho a recibir el pago que reclama en una sola exhibición. ... Resulta procedente la acción intentada por la parte actora al acreditar que se encuentra pensionado y que existe saldo a su favor en la subcuenta que refiere y, como consecuencia, se condena a **********, a pagar a la parte actora **********, la cantidad de $********** como fondo de la subcuenta de vivienda, aportado a la cuenta individual al 31 de marzo de 2004, con la actualización de los rendimientos y/o intereses acumulados. ... De los preceptos transcritos se desprende que aunque el ********** no cuenta sino con los recursos que le permitan ir realizando sus operaciones diarias, sin embargo es el que administra los recursos de los fondos de vivienda canalizados por las entidades receptoras autorizadas a la cuenta que el Banco de México le lleva al instituto, en la que, como administrador que es, tendrá a su disposición esos fondos. Además, el citado artículo 40 prevé que los trabajadores o sus beneficiarios puedan solicitar al instituto la transferencia de recursos a la cuenta individual respectiva, a fin de que la Afore proceda a realizar la devolución, con lo que es evidente que los fondos de vivienda cuyo registro se lleva en la cuenta individual, radican en la cuenta abierta en el Banco de México a disposición del **********, por ser el que los administra; de donde se sigue que es obligación del instituto autorizar la transferencia de recursos a la cuenta individualizada radicada a favor del trabajador en la Administradora de los Fondos para el Retiro, para que ésta pueda realizar la devolución ... En consecuencia se condena al ********** (**********) a hacer la transferencia del fondo de la subcuenta de vivienda al organismo administrador demandado, en favor del actor en el...

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