Tesis, Plenos de Circuito, 23 de Agosto de 2019 (Tesis num. PC.I.A. J/145 A (10a.) de Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito, 23-08-2019 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2020490
Número de resoluciónPC.I.A. J/145 A (10a.)
Fecha de publicación23 Agosto 2019
Fecha23 Agosto 2019
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.I.A. J/145 A (10a.)

En atención a los artículos 15, fracción I y 39, fracción I, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2014, la defensa de la Agencia aludida corresponde tanto a la Unidad de Asuntos Jurídicos como a la Dirección General de lo Contencioso, toda vez que la primera cuenta, entre sus atribuciones, con la de representar legalmente a la Agencia y a sus unidades administrativas, así como a los servidores públicos de dichas unidades, en los procedimientos judiciales y administrativos en que se requiera su intervención y ejercer todas las acciones jurídicas inherentes; y la segunda, con las de interponer todos los recursos y medios de defensa procedentes en los juicios, incluidos los juicios en línea, y procedimientos a que se refiere el numeral 39 mencionado. En consecuencia, tanto el jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos como el director general de lo Contencioso están legitimados para interponer el recurso de revisión previsto en el artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, contra las sentencias que declaran la nulidad de las resoluciones emitidas por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.


PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Contradicción de tesis 33/2018. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado y el Décimo Tercer Tribunal Colegiado, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 19 de marzo de 2019. Mayoría de veinte votos de los M.J.H.H.F...

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