Tesis, Plenos de Circuito, 20 de Enero de 2017 (Tesis num. PC.III.P. J/10 P (10a.) de Pleno en Materia Penal del Tercer Circuito, 20-01-2017 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 2013501 |
Número de resolución | PC.III.P. J/10 P (10a.) |
Fecha de publicación | 20 Enero 2017 |
Fecha | 20 Enero 2017 |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.III.P. J/10 P (10a.) |
De acuerdo con el artículo 5o., fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, debe reconocerse el carácter de tercero interesado como víctima del delito, al denunciante por el ilícito de falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad, porque no obstante que el bien jurídico tutelado es la verdad, donde la víctima titular del bien es la sociedad, quien presenta la denuncia y dice que sufre los efectos del delito al provocarle una afectación a sus derechos fundamentales, con motivo de la transgresión directa de la ley penal, debe tener la intervención en el juicio de amparo como víctima, porque no sólo se limita a denunciar el hecho que estima constitutivo de delito como cualquier ciudadano en cumplimiento de un deber cívico, sino que esa denuncia deriva de una declaración que señala es falsa, la cual se emitió en un juicio ordinario en el que tiene la calidad de parte procesal, y la demostración del ilícito de falsedad en declaraciones e informes dados a una autoridad, mismo que le es atribuido al inculpado -quien también es parte en el juicio-, puede repercutir en la esfera de sus derechos fundamentales, en su caso de carácter patrimonial, y de manera indirecta en el resultado de esa controversia.
PLENO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Contradicción de tesis 2/2016. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Penal del Tercer Circuito. 22 de noviembre de 2016. Unanimidad de tres votos de los Magistrados M.A.F.G., Ó.V.M. y J.F.D.D.. Ponente: Ó.V.M.. Secretaria: M. de los Ángeles Estrada S..
Tesis y/o criterios contendientes:
El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, al resolver el amparo...
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