Tesis, Plenos de Circuito, 15 de Julio de 2016 (Tesis num. PC.VI.P. J/2 P (10a.) de Pleno en Materia Penal del Sexto Circuito, 15-07-2016 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2012124
Número de resoluciónPC.VI.P. J/2 P (10a.)
Fecha de publicación15 Julio 2016
Fecha15 Julio 2016
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.VI.P. J/2 P (10a.)

En cumplimiento al derecho fundamental de exacta aplicación de la ley en materia penal, reconocido en el tercer párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prohíbe la imposición de penas por simple analogía o por mayoría de razón, y a fin de garantizar la seguridad jurídica de los gobernados, se establece que el artículo 304 del Código Penal del Estado de Puebla previene que el apoderamiento de un menor de 14 años será configurativo del delito de robo de infante, cuando el activo del delito, sin ser su familiar, lleve a cabo dicha conducta: a) Sin derecho, mediante la utilización del engaño; b) Sin derecho, aprovechándose de un error; c) Sin consentimiento de la persona que ejerza la patria potestad, la tutela, la custodia o la guarda sobre el menor a través del engaño; o d) Sin consentimiento de la persona que ejerza la patria potestad, la tutela, la custodia o la guarda sobre el menor, aprovechándose de un error; lo anterior es así, porque el legislador, al redactar el aludido precepto legal, separó las diversas hipótesis con un punto y coma, lo que de acuerdo a las reglas ortográficas de la Real Academia Española, no significa alternancia entre diferentes hipótesis, sino por el contrario, sirve para separar las oraciones entre cuyo sentido hay proximidad, como acontece en la especie; en donde después de fijar el núcleo del delito, constituido por el apoderamiento de un menor de 14 años, fueron separados los diversos medios comisivos con un punto y coma, lo que implica que una hipótesis excluye a la otra.


PLENO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Contradicción de tesis...

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