Tesis, Plenos de Circuito, 1 de Julio de 2016 (Tesis num. PC.I.A. J/76 A (10a.) de Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-07-2016 (Contradicción de Tesis))

Número de registro2012004
Número de resoluciónPC.I.A. J/76 A (10a.)
Fecha de publicación01 Julio 2016
Fecha01 Julio 2016
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún
Localizador10a. Época; Plenos de Circuito; Semanario Judicial de la Federación; PC.I.A. J/76 A (10a.)

Si desde la presentación de la demanda de amparo contra el acuerdo de inicio del procedimiento aludido, el quejoso exhibió el citatorio para la audiencia prevista en el artículo 35 de la Ley de la Policía Federal, en el que se asientan las imputaciones que se le hacen y, con posterioridad se solicita a la autoridad responsable la exhibición del expediente administrativo para complementar el informe justificado, es innecesario notificar y prevenir personalmente al quejoso con las constancias que conforman ese expediente, a fin de que amplíe su demanda de amparo, en virtud de que no se le deja en estado de indefensión, porque desde que se hizo sabedor del citatorio que lo emplaza al procedimiento administrativo, ya tenía pleno conocimiento de los hechos o conductas que se le atribuyen y que motivaron el procedimiento de origen, al estar insertado en ese documento el acuerdo de inicio de mérito, quedando en esos términos fijada la imputación de la autoridad, por lo que desde ese momento puede realizar una adecuada y oportuna defensa de sus intereses.


PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Contradicción de tesis 3/2016. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Cuarto, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 24 de mayo de 2016. Mayoría de diecinueve votos de los Magistrados: J.H.H.F., J.A.S.G., J.O.V., J.A.N.S., M.E.R.L., E.M.G.O., A.S.G.B., N.L.R., E.N.G.B., Ó.F.H.B., F.A.O.C., E.R.C., L.C.M...

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