Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 31 de Octubre de 2014 (Tesis num. (V Región)5o.27 A (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 17-10-2014 (Tesis Aisladas))

Número de resolución(V Regi
Fecha de publicación31 Octubre 2014
Fecha31 Octubre 2014
Número de registro2007711
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 11, Octubre de 2014; Tomo III; Pág. 2911. (V Región)5o.27 A (10a.).
MateriaComún, Administrativa

En términos de la segunda parte del primer párrafo del precepto citado, el recurso de queja procede contra actos de las autoridades demandadas, por exceso o defecto en la ejecución de la sentencia definitiva que haya declarado fundada la pretensión del actor. Consecuentemente, dicho recurso es improcedente contra el auto de la Sala del Tribunal Contencioso Administrativo de la entidad que declara cumplida una sentencia dictada en el juicio contencioso administrativo y, por tanto, no existe obligación de agotar ese medio de defensa, previo al amparo, al no actualizarse la causa de improcedencia contenida en el artículo 61, fracción XVIII, de la ley de la materia.


QUINTO...

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