Tesis, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Marzo de 2012 (Tesis num. XVII.1o.P.A. J/23 (9a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 01-03-2012 (Reiteración))

Número de registro160248
Número de resoluciónXVII.1o.P.A. J/23 (9a.)
Fecha de publicación01 Marzo 2012
Fecha01 Marzo 2012
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012, Tomo 2; Pág. 880
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal

El análisis sistemático de las normas que integran el sistema de justicia penal acusatorio vigente en el Estado de Chihuahua permite establecer que el Tribunal de Casación no sólo está facultado, sino que se encuentra obligado a examinar, tanto lo acaecido en el proceso como la decisión recurrida en su integridad, independientemente de que la parte inconforme se hubiere pronunciado sólo por uno de los aspectos de la sentencia, habida cuenta que en el artículo 421 del Código de Procedimientos Penales de la entidad se le confirió potestad para hacer valer y reparar, de oficio a favor del sentenciado, las violaciones a sus derechos fundamentales; encomienda que no podría cumplir si se estimara que el estudio se encuentra supeditado a lo esgrimido en agravios.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Amparo directo 248/2010. 30 de septiembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: M.O.T.A.. Secretario: J.E.M.G..


Amparo directo 178/2011. 30 de septiembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.C.. Secretario: J.L.O.L..


Amparo directo...

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