Tesis, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Agosto de 2012 (Tesis num. IV.2o.T. J/51 (9a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-08-2012 (Reiteración))

Número de registro159990
Número de resoluciónIV.2o.T. J/51 (9a.)
Fecha de publicación01 Agosto 2012
Fecha01 Agosto 2012
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 2; Pág. 1346
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Del análisis integral de los artículos 777, 779 y 784, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, se advierte que las pruebas deberán referirse a los hechos controvertidos cuando no hayan sido confesados por las partes; que la Junta desechará aquellas que no tengan relación con la litis planteada o resulten inútiles o intrascendentes, y que corresponderá al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre la antigüedad del trabajador. Así, con base en los preceptos aludidos se concluye que cuando la demandada que opone excepción en relación con la antigüedad aducida por un trabajador, omite señalar con precisión los periodos de las licencias sin goce de sueldo, así como las faltas injustificadas, ello provocará que no podrán admitirse las pruebas que ofrezca en ese sentido, porque no se refieren a los hechos controvertidos, en términos del referido artículo 777, esto es, a los días o periodos exactos en que se dieron las ausencias del trabajador por los indicados motivos, ya que lo que se discute es la determinación de la antigüedad generada, por lo que si la excepción aducida es ambigua, ello a su vez implicará que las pruebas no se refieran a los hechos en realidad controvertidos y, por ende, las pruebas se tornen improductivas; por lo que la determinación de la Junta por la que desecha las pruebas ofrecidas por la...

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